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Normas clave dictadas a tiempo. Ahora define las reglas de los fondos generacionales; plazo legal: 1 de septiembre.
Paga la PGU aumentada y los nuevos bonos a más de 1,3 millones de pensionados, sin trámite.
El fondo público opera desde 2025 y adjudica sus primeras carteras; en agosto asume además el seguro de invalidez.
Doble transición: traspasar el seguro de invalidez (agosto) y migrar los multifondos a fondos generacionales (abril 2027) — con puntos de partida muy distintos entre gestores.
Fijó en febrero los límites de inversión: hasta 80% en el extranjero para los nuevos fondos.
Retiró el decreto de tarifas IPS–AFP tras observaciones de Contraloría —la entrada de nuevos competidores quedó en pausa— y evalúa rediseñar la licitación de afiliados.
Pagan 1% adicional desde 2025; el 1 de agosto el aporte se triplica a 3,5%, vía Previred.
Inició en julio la cobranza prejudicial de cotizaciones impagas, antesala del sistema único de cobranza (feb 2027).
| Sistema | Desde | Adopción | Quién define el glidepath | Nota relevante para Chile |
|---|---|---|---|---|
| EE.UU. · 401(k) | 1994 · default 2006 | 68% de los afiliados en TDF | Cada gestor | Alta exposición a riesgo permitida al inicio de la vida laboral; el efecto default elevó la participación en renta variable (Clark & Mitchell 2020). |
| Reino Unido · NEST | 2010 | 90% en la estrategia por defecto | Consejo de inversión de NEST (público); otros proveedores, propio | Referencia de institucionalidad pública definiendo la senda — el modelo que cita Valdés como alternativa B. |
| Australia · MySuper | 2014 | Producto por defecto, simple y de bajo costo | Cada gestor | Énfasis en costo total; algunos fondos usan estructura generacional. |
| México · Siefores | 2019 | Todos los afiliados, por cohorte | Cada gestor | Supervisión por riesgo (tracking error), no por límites de clase; aumento simulado de 4,4 pp en tasa de reemplazo (35,9% → 40,3%). |
| Costa Rica | 2027 (prog.) | — | — | Transición postergada para un estudio complementario sobre efectos en tasas de reemplazo. |
| Colombia | Ley de 2024 | — | Cada AFP (normativa ingresada) | Reforma en pausa a la espera de la Corte Constitucional — el riesgo jurídico en su versión extrema. |
| Perú | Reforma 2024 | — | — | La SBS evaluará la implementación; normativa secundaria pendiente. |
| Chile · FG | Abril 2027 | Obligatoria por año de nacimiento, sin cambio de fondo | Institucionalidad pública fija clases, índices y rangos; la AFP elige dentro del rango | Único caso que combina FG con licitación bienal de afiliados y premios/castigos contra benchmark — las dos fricciones señaladas por FIAP y Valdés. |
Fuente — K. Fernández-Delgado (FIAP), seminario FINEG-UST; complementado con SP (diseño chileno) y J.L. Ruiz (U. de Chile). Las cifras de adopción corresponden a lo presentado en el seminario.
Gobernanza de fondos públicos. Gobierno corporativo aislado del ciclo político y mandato único de rentabilidad: el diseño que la institucionalidad del FAPP toma como referencia, y un criterio para evaluar su primera licitación de carteras.
Licitación de fondos con default estatal. El esquema funciona, pero requirió depurar un menú que llegó a tener cientos de fondos, tras casos de fraude de gestores. La experiencia sugiere filtros de entrada estrictos para las licitaciones chilenas.
Migración masiva de ahorro previsional. El traslado de ~€1,5 billones hacia esquemas de contribución definida (hasta 2028) ha mostrado postergaciones de fechas, litigios y la comunicación como principal cuello de botella. Chile enfrentará un proceso análogo en abril de 2027.
Pensión universal simple. Es el referente conceptual de la PGU. Su experiencia reciente muestra que incluso los esquemas universales requieren ajustes paramétricos cuando la presión demográfica aumenta.
Alza gradual de la cotización patronal. De 6,5% a 15% al 2030, el caso más comparable con la gradualidad chilena. Hasta ahora sin efectos significativos en informalidad, un antecedente empírico relevante en el debate sobre costos laborales.
Riesgo jurídico de las reformas de pilares. Una reforma aprobada y luego suspendida por la Corte Constitucional por vicios de trámite. En Chile el riesgo equivalente es más acotado, pero existe: el decreto de tarifas IPS–AFP quedó retenido en Contraloría.