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La proyección oficial del INE traza la población comuna por comuna hasta 2035, y el Censo 2024 agrega la composición: de dónde viene la gente, qué pueblos originarios se declaran y cómo son sus viviendas. Las cifras del Censo se agregan de manzanas, así que los conteos bajos se enmascaran y algún total puede subcontar levemente.
El Sistema Nacional de Información Municipal registra cada año los ingresos y gastos de la municipalidad, su dotación de personal y la superficie de áreas verdes con mantención. Las cifras son nominales, en pesos del año informado, sin ajustar por inflación.
El balance anual de la municipalidad leído celda por celda: ejecución y deuda exigible por subtítulo, más el gasto en personal, el total de compras con sus mayores proveedores y el estado de publicación del balance. Cada cifra se contrastó con su fuente antes de mostrarse y lleva la marca ✓; al pasar el cursor sobre ella se ve de dónde sale. Un dato que no está disponible se declara con su motivo. Las series históricas siguen en Recursos y el desglose de compras por vía, en Compras.
Presupuesto vigente y monto devengado por subtítulo, según el balance anual de gastos del área municipal, sin salud, educación ni cementerio. La ejecución es el devengado sobre el presupuesto vigente al cierre del año. Lo devengado es lo ya recibido que la municipalidad debe pagar, y puede no estar pagado.
Frente a otras secciones: Recursos muestra la serie anual de SINIM. Aquí cada celda se volvió a extraer del balance archivado y lleva su verificación.
La columna Deuda Exigible del balance anual: lo devengado y no pagado al cierre del año, por subtítulo y sumado sobre los subtítulos de gasto. Cubre el balance de la municipalidad y no incluye a las corporaciones municipales. El subtítulo 34, servicio de la deuda, se informa aparte en la ejecución del presupuesto.
El gasto en personal del subtítulo 21 y el de la cuenta de otras remuneraciones, según lo que la municipalidad informó a SINIM, en el área de gestión municipal, sin salud ni educación traspasadas. La ejecución del subtítulo 21 según el balance está en el bloque de presupuesto. El número de personas está en Recursos.
Monto de las órdenes de compra emitidas por la municipalidad en 2025, según Mercado Público, y sus mayores proveedores por ese monto. Cuentan las órdenes enviadas al proveedor, en proceso, aceptadas o con recepción conforme, de proveedores con RUT informado, emitidas por cualquiera de los RUT de la municipalidad. El desglose por vía de compra está en Compras.
| # | Proveedor | Monto |
|---|---|---|
| 1 | DEMARCO S.A. RUT 88277600-K | $11.805 M |
| 2 | AKRO DISENOS S A RUT 87645000-3 | $7.689 M |
| 3 | Persona natural | $3.885 M |
| 4 | Persona natural | $3.476 M |
| 5 | ECOVERDE S.A. RUT 76366980-7 | $2.853 M |
Estado de publicación en Transparencia Activa del Balance de Ejecución Presupuestaria de gastos, en el rubro de información presupuestaria del periodo 2024. La revisión de Tuwün cubre ese rubro y ese periodo; no abarca los demás rubros ni la evaluación de cumplimiento del Consejo para la Transparencia.
El Fondo Común Municipal redistribuye ingresos entre las comunas del país según pobreza, predios exentos e ingresos propios. El aporte de Antofagasta se compone de cuatro conceptos — impuesto territorial, patentes municipales, permisos de circulación y otros ingresos, detallados a continuación.
El aporte total suma los cuatro conceptos que financian el Fondo Común Municipal. Cada línea del desglose lleva su marca de procedencia, de modo que se pueda auditar de dónde sale cada peso: publicado cuando proviene de dos cifras que SINIM reporta por separado, y derivado cuando la base bruta se reconstruye desde el porcentaje que fija la ley.
Según el Boletín Técnico del Fondo Común Municipal, Antofagasta tiene asignado 0,66% del Fondo Común Municipal nacional. El monto estimado anual es $20.519 M.
Los Datos Abiertos del MINEDUC registran cada establecimiento del país; Tuwün los agrega a la comuna por su código para reconstruir la matrícula (total y municipal), el rendimiento y la dotación docente. No se incluye el PAES: la propia DEMRE advierte que no puede leerse como calidad de una comuna.
Es una aproximación: divide los aprobados por la suma de aprobados y retirados. El denominador deja fuera a quienes reprueban o se trasladan, así que no coincide con la tasa oficial del MINEDUC.
Suma la dotación de cada establecimiento. Un docente con horas en varios colegios aparece en cada uno, de modo que la suma comunal sobreestima las personas distintas.
La DEMRE advierte que el puntaje PAES no puede leerse como calidad de una comuna: mide a quienes rinden la prueba, no al sistema escolar. Por eso no se publica en esta ficha.
Existen en la fuente, pero llegan a nivel de cada estudiante (archivos de cientos de MB por año). Entran en una etapa posterior, no en esta.
El municipio administra la atención primaria de salud: los CESFAM y consultorios donde se inscribe la población afiliada a FONASA. El SINIM registra cada año la red, los inscritos, las consultas médicas y el gasto por persona. Estos datos describen el sistema municipal; no incluyen hospitales, clínicas privadas ni la resolución clínica.
Estos datos describen el sistema municipal: los inscritos son la población validada en la APS a través de FONASA, no todos los residentes, y las consultas miden actividad, no resolución. La resolución clínica, el GES y las listas de espera viven en los registros del DEIS y el MINSAL, a nivel de establecimiento, y entran en una etapa posterior.
El MINVU estima el déficit habitacional en cada censo y registra los subsidios que se entregan y los campamentos catastrados; el INE cuenta los permisos de edificación. El déficit es una estimación de modelo, no un conteo directo de viviendas faltantes, y los programas de subsidio miden etapas distintas que no se suman entre sí.
El INE autorizó 262 viviendas nuevas en 2025: son unidades autorizadas por permiso, no viviendas terminadas ni stock. La cobertura del INE alcanza cerca de 128 comunas del país.
La comuna registra 87 campamentos con unos 7.773 hogares según el Catastro del MINVU: un dato de añada mixta, que cuenta hogares, no familias ni viviendas.
La Contraloría audita al municipio y clasifica cada observación por complejidad; la Ley del Lobby obliga a registrar las audiencias que reciben sus autoridades. Una observación es un hallazgo de auditoría, no una sanción, y su número depende de cuántas auditorías hubo ese año: más observaciones puede significar más fiscalización, no necesariamente peor gestión.
El municipio registró 129 audiencias de lobby en 2026 bajo la Ley 20.730, sostenidas por sus autoridades y funcionarios. El registro transparenta con quién se reúne el municipio; es una obligación de agenda, no un indicio de irregularidad.
El Consejo para la Transparencia mide si las municipalidades publican lo que la ley obliga. Esta pestaña mide algo distinto: si lo publicado se sostiene contra una fuente independiente y si puede leerse por máquina. Son dos preguntas que el cumplimiento formal no responde.
El CPLT fiscaliza a las 345 municipalidades y mide si publicaron y actualizaron lo que la Ley 20.285 obliga. Es una medición de publicación: verifica que el documento exista y esté al día, no que la cifra que contiene sea correcta ni que el archivo se pueda procesar.
Su fiscalización recorre los ítems que la ley enumera, del presupuesto a las contrataciones, y de ahí sale el puntaje de cumplimiento de cada municipalidad.
Una municipalidad puede tener 100 % de cumplimiento y aun así publicar una cifra que no cuadra con una fuente independiente, o un documento del que no se puede extraer un solo número.
Nada de eso baja el puntaje del CPLT, porque no es su mandato. Es la diferencia entre información publicada e información utilizable.
Subir un documento escaneado satisface la obligación legal, pero impide la fiscalización ciudadana: se publica sin que sus cifras puedan extraerse. Es una condición simple de detectar y hoy no forma parte de las mediciones de transparencia.
El detalle de compras por vía y el ranking de proveedores viven en sus propias pestañas; esta pestaña solo cruza el monto total contratado contra lo que reporta el municipio.
Ver el detalle de proveedores →El SII cuenta las empresas con domicilio tributario en la comuna por tramo de ventas, y los trabajadores dependientes que declaran. La comuna registra su delito a través del CEAD y sus siniestros de tránsito a través de CONASET. El registro de empresas sigue el domicilio tributario, no dónde ocurre la actividad ni el empleo local.
Las empresas se cuentan por su domicilio tributario: una casa matriz en la comuna suma aquí aunque opere en otras, y el conteo no equivale a empleos ni a ventas generadas localmente. El tramo «sin ventas» agrupa empresas registradas sin actividad declarada en el año.
Las órdenes de compra que emiten los organismos de la comuna en Mercado Público, cruzadas por vía de compra: cuánto se transa por licitación, convenio marco, trato directo y compra ágil. Es lo transado en el portal; no incluye servicios básicos, remuneraciones ni obras fuera de Mercado Público.
El ranking de proveedores, el detalle por rubro y tamaño, y la evolución por año viven en la vista dedicada de proveedores, que cruza el gasto devengado documento por documento con el RUT de cada empresa.
Ver los proveedores · ranking completo, matriz y por año →Las órdenes de compra por vía son solo lo transado en Mercado Público. La licitación pública es la vía de concurso abierto; el trato directo se adjudica sin concurso y exige un fundamento legal explícito.
La CONAF registra, por comuna y temporada, cuántos incendios forestales se inician y cuánta superficie arrasan. Cada punto es una temporada (de julio a junio, fechada por su año de inicio) desde 1985. Muchos incendios no significan mucho daño: una sola temporada mala concentra la superficie afectada.
La comuna tiene 49 concesiones de radiodifusión con domicilio en ella, según el registro de la SUBTEL. Es un snapshot referencial, no una serie anual: cuenta concesiones vigentes, no audiencia ni cobertura efectiva.
La Ley de Transparencia obliga a cualquier municipalidad a responder una solicitud de información en 20 días hábiles. Marca lo que quieres pedir y la carta se redacta sola; se genera en tu navegador, no se envía ni se guarda en ningún lado.
La Ley 21.591 le transfiere royalty minero a Antofagasta por los fondos que llegan a las municipalidades. La Tesorería publica el monto asignado a cada comuna. La obligación de publicar el informe de uso rigió solo para los fondos transitorios de 2024 y se eliminó de la Ley de Presupuestos 2025; hoy no hay un informe por comuna que verificar.
La obligación de publicar el informe de uso rigió solo para los fondos transitorios de 2024 y se eliminó de la Ley de Presupuestos 2025. El proyecto de ley Boletín 17.954-06 busca reponer la publicación periódica.