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Salud / Constitución / Derechos
Constitución · Artículo 19 N° 9

Tu derecho a la protección de la salud

El Estado protege el acceso a la salud y tu libertad de elegir FONASA o ISAPRE. Qué asegura de verdad, y cómo se hace valer.

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El texto que te ampara

«El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. […] Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado.» — Constitución Política, Artículo 19 N° 9.

Qué te asegura

1
Acceso a las acciones de salud
El Estado protege el acceso libre e igualitario a la promoción, protección y recuperación de la salud.
2
Coordinación y control de las acciones de salud
Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten por instituciones públicas o privadas.
3
Libertad de elegir el sistema
Cada persona tiene derecho a elegir a qué sistema de salud acogerse, estatal (FONASA) o privado (ISAPRE).
4
Protección jurisdiccional de esa elección
La libertad de elegir el sistema de salud está amparada por el recurso de protección; el resto del derecho se materializa a través de las leyes y las políticas públicas.

Lo exigible y lo complejo

No todo el derecho a la salud se reclama de la misma forma. Conviene distinguir lo directamente exigible de lo que se materializa por otras vías.

Directamente exigible
Lo directamente exigible: elegir tu sistema. La Constitución hace exigible por recurso de protección la libertad de elegir entre el sistema estatal y el privado. Ese aspecto se puede reclamar directamente ante los tribunales.
Más complejo
Lo más complejo: exigir un tratamiento puntual. Exigir una prestación específica es más complejo: se ha buscado por la vía del Artículo 19 N° 1 (derecho a la vida), pero en la práctica el acceso concreto se garantiza sobre todo a través del GES, la Ley Ricarte Soto y los programas, no invocando directamente el N° 9.

Fuentes oficiales

Ficha revisada contra fuente oficial · última revisión 2026-07